Aumento de los honorarios y de los suplidos a percibir por cada columna o copropietario. Este aumento es de aplicaci¢n directa y entra en vigor, a diferencia de los aumentos de recibo, en el mismo momento de la petici¢n.
De responder C (columna), se revisar n los importes por honorarios y suplidos que se cargan globalmente a la comunidad. La revisi¢n por columna s¢lo se puede hacer porcentualmente. Para asignar los importes de honorarios y suplidos por columna, v‚ase
DEFINICION DE COLUMNAS.
De responder P (propietario), se revisar n o asignar n los importes por honorarios y suplidos que se cargan individualizadamente a cada copropietario. La revisi¢n por propietario se puede hacer porcentualmente o linealmente.
Columna inicial
Columna final
Columnas de reparto entre las que se aplicar el aumento; pulse
[F4] para buscar las existentes.
Copropietario inicial
Copropietario final
C¢propietarios entre los que se aplicar el aumento; pulse
[F4] para buscar los existentes.
Aumento honorarios
Aumento suplidos
Importe o porcentaje a aumentar por honorarios o suplidos; de tratarse de un porcentaje, se indicar el tipo con el s¡mbolo % (tanto por ciento) a continuaci¢n; el aumento, en importe o porcentaje, puede ser en positivo (incremento) o negativo (decremento).
Opci¢n de proceso. De solicitarse listado, se obtendr una relaci¢n de las columnas o departamentos afectados por este aumento pero sin que quede ninguna constancia en los archivos. De solicitarse aumento, ‚ste ser aplicado directamente.